¿Que se considera perdida total por daños? Cuando el valor de la reparación del vehículo, supera el 75% del valor comercial del mismo.
¿Cuándo se considera la perdida total por hurto? Cuando el vehículo completo desaparece de manera permanente, por causa de cualquier tipo de hurto.
¿Qué ampara la perdida parcial por daños? Cubre el valor de la mano de obra, y de los repuestos necesarios para dejar el vehículo en las condiciones en que se encontraba antes del suceso.
¿En que consiste la pérdida parcial por hurto? Cuando desaparecen del vehículo amparado, elementos, accesorios o partes vitales para su funcionamiento. Adicionalmente cubre el costo de los daños que pueda sufrir el vehículo durante el robo. Si el monto de lo hurtado supera el 75% de su valor comercial se podría catalogar como pérdida total.
¿En que consiste la protección Patrimonial para Responsabilidad Civil Extracontractual? Es una indemnización, que cancelará la compañía de seguros por los perjuicios causados por el asegurado a una persona cualquiera en caso de un accidente de tránsito.
¿Qué es protección Patrimonial para daños? Es una indemnización que recibirá el propietario, por los daños sufridos por su vehículo durante la vigencia del seguro.
¿En que consiste el amparo de Asistencia Jurídica? La compañía de seguros le designará un abogado, para que represente al asegurado dentro de un proceso penal que se le inicie como consecuencia directa de un accidente de tránsito, en el que se presenten lesiones u homicidio con el vehículo asegurado. Siempre y cuando quien conduzca en el momento del accidente sea el asegurado o una persona debidamente autorizada.
¿Qué es la responsabilidad civil extracontractual? Es la responsabilidad que tiene toda persona que causa un accidente en el que una persona o personas sufren lesiones o pierden la vida. Además también ampara los daños a los bienes ajenos que resulten afectados. La pagará la compañía de seguros a las víctimas por los daños causados por el asegurado con motivo de la responsabilidad civil extracontractual en que incurra.
¿Que vehículos se pueden asegurar? Los vehículos nuevos, y los que su antigüedad no sea mayor a 15 años.
¿Hay vehículos que no aseguran las compañías? Si, los que tengan una antigüedad mayor, o pertenezcan a marcas con poca o nula representación en el país así su modelo sea más reciente: Ejemplo: Lada, Tavria, Oltcit y Yugo.
¿Existe la posibilidad de asegurar un vehículo de marca reconocida y de fácil venta pero que tiene más de 15 años? Si, hay compañías de seguros que amparan vehículos con más de 15 años de antigüedad, aunque tienen en cuenta que pertenezcan a marcas reconocidas y con buen respaldo, tales como: Chevrolet, Renault, Mazda o Toyota y previa revisión sobre su estado técnico-mecánico.
¿Si tengo un vehículo que tiene más de 15 años y no cabe en esta descripción, puedo acceder a un seguro? Podría acceder a un seguro que ampare responsabilidad civil, aunque debe consultar su caso en particular con diferentes compañías de seguros, para conocer la viabilidad y el costo del mismo.
¿Qué obligaciones básicas debe cumplir el tomador de un seguro?
- No conducir en estado de embriaguez, ni bajo los efectos de sustancias alucinógenas
- Estar al día con el pago de su póliza.
- Tener licencia de conducción vigente y expedida por la autoridad competente.
- No utilizar el vehículo para labores distintas a las autorizadas.
¿Que debo hacer si tengo que hacer reclamación? Debe comunicarse vía telefónica o personalmente con la compañía que le expidió la póliza, allí le indicarán el proceso a seguir.
¿Cuales son los principales términos técnicos que se utilizan en seguros?
- Accesorios de serie: Elementos no necesarios para el funcionamiento del vehículo, y cuyo valor se encuentra dentro del valor comercial del vehículo.
Accesorios originales: Elementos del vehículo, no esenciales para su funcionamiento, pero que vienen montados de fábrica, sin importar si el vehículo es importado o ensamblado en el país.
Accidente : Hecho inesperado y no voluntario por parte del tomador del seguro o del conductor de un vehículo involucrado.
Asegurado: Persona o personas identificadas dentro de la póliza como tales.
Beneficiarios: Persona designada en la póliza, o persona o personas que resulten afectadas por el accidente objeto de la indemnización.
Conductor: Es el asegurado o la persona debidamente autorizada por este para conducir el vehículo amparado.
Daño corporal: Es el que afecta la integridad física de cualquier persona.
Deducible: Es una suma obligatoria que debe pagar el asegurado, del valor total de la pérdida indemnizable, generalmente se establece un porcentaje definido en Salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Reclamación: Es el acto de reportar un siniestro a la compañía de seguros, solicitando los beneficios o los amparos a los que se tenga derecho.
Señales reglamentarias: Son aquellas que indican las normas que se deben seguir en la vía, se consideran de obligatorio conocimiento y cumplimiento.
Siniestro: Todo hecho cuyas consecuencias estén amparadas por un seguro.
S.M.L.D.V: Salario mínimo legal diario vigente. Es una unidad de medida para calcular valores o porcentajes a pagar en un momento dado, ante el evento de un siniestro.
S.M.L.M.V: Salario mínimo legal mensual vigente.
Suma asegurada: Es una suma máxima pactada con la compañía de seguros para cada uno de los amparos que ofrece al tomador.
Tomador: Persona que al celebrar un contrato de seguro, traslada a la compañía, por cuenta propia o ajena, uno o varios riesgos.
Uso o servicio: Es la destinación del vehículo asegurado. Puede ser particular, público, comercial o especial.
Tercero: Es cualquier persona natural o jurídica que no tiene parentesco alguno con el asegurado, ni dependa de este.
Valor comercial: Precio promedio, por el que normalmente se adquiere un vehículo de iguales o parecidas características.
Nota: La información anterior es de tipo general, cada compañía aplica sus políticas, que deben ser consultadas por los clientes al momento de comprar sus pólizas. Fue elaborada gracias a la gentil colaboración de Royal & SunAlliance, Seguros Mapfre y Suramericana . Y únicamente tiene carácter informativo.